Lcdo. Manuel A. Rivera Lugo
Les informo a mis clientes que la Orden Ejecutiva OE-2020-038 nos permite a los abogados(as)-notarios comenzar a ofrecer nuestros servicios mediante cita previa y observando las medidas cautelares de distanciamiento y uso de mascarillas. Siendo así, estaré atendiendo a todo cliente que requiera mis servicios a partir del próximo lunes, 4 de mayo de 2020 mediante cita previa. Me pueden contactar a mi teléfono celular: 787-543-3189 mediante llamada, texto o Whatsapp, o a mi correo electrónico: [email protected]
Si estás pensando en relocalizarte a vivir fuera de Puerto Rico y tienes la custodia de tus hijos, debes saber que ahora la ley requiere que notifiques al otro progenitor(a) de tu intención de relocalizarte por correo certificado con acuse de recibo con no menos de 30 días de anticipación a la fecha de la relocalización. Esa carta tiene que tener unos requisitos bien específicos que establece la misma ley. Si no cumples con esos requisitos PUEDES PERDER LA CUSTODIA DE TUS HIJOS! Si estás pensando el trasladarte a vivir fuera de Puerto Rico con tus hijos, oriéntate a la brevedad posible. 787-543-3189.
25/04/2018
Atención abogados y abogadas, Contadores Públicos Autorizados y público en general. Si tienes sellos y comprobantes que no sean digitales no vas a poder utilizarlos en el Registro de la Propiedad a partir del 1 de mayo de 2018.
Karibe No más Sellos Pre impresos y Comprobantes Termales Usuario del Sistema Karibe, efectivo el 1ro de Mayo del 2018 el Registro de la Propiedad y el Sistema Karibe solo aceptarán Sellos y Comprobantes Digitales
Les preguntas a la gente; ¿por qué no haces un testamento? Y casi siempre te contestan; “porque no tengo en donde caerme muerto”. Pues bien, casi siempre eso no es correcto porque si tienes una casita por más humilde que sea, un par de carros y unos chavitos en el banco para una emergencia, puede ser que tengas, sin saberlo, un caudal de varias decenas de miles de dólares de los que disponer cuando fallezcas. Aquí te expongo varias razones por las que debes hacer tu testamento independientemente de que sean una persona joven:
1. Les evitas a tus hijos, padres o cónyuge el tener que hacer una declaratoria de herederos.
2. El testamento es más barato que la declaratoria de herederos.
3. Puedes desheredar a un descendiente o ascendiente bajo ciertas condiciones.
4. Puedes favorecer a descendientes o ascendientes de forma que, por ejemplo, aquel hijo que se ocupó de ti en tu enfermedad o en tu momento de necesidad reciba más que los otros.
5. Puedes dejarle parte de tu patrimonio a tu cónyuge para protegerlo(a) en caso de que tenga que dividir con tus hijos la casa en la que vivió el matrimonio.
6. Puedes dejarle un legado a un hijo de crianza, un sobrino o incluso reconocer a un hijo mediante el testamento.
7. Puedes nombrar un administrador para que avalúe y distribuya la herencia de forma que se eviten peleas entre tus hijos.
8. Puedes nombrar sustitutos para que hereden en caso de que uno de tus herederos o legatarios fallezca antes que tú.
9. Puedes dejarle un bien particular a un heredero en específico, por ejemplo, la casa a un hijo en particular.
10. Si tienes animalitos muy queridos puedes disponer para su cuidado.
11. Puedes disponer si quieres que tus órganos sean donados.
12. El testamento no nace hasta que falleces por lo que siempre lo puedes modificar o derogar otorgando uno distinto.
Si te interesa reunirte conmigo personalmente para más información me puedes llamar a mi celular personal al 787-543-3189 o a mi correo electrónico: [email protected].
Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.
Categoría
Contacto la empresa
Teléfono
Página web
Dirección
11 Avenue PADRE RIVERA ESTE
Humacao
00791
Horario de Apertura
| Lunes | 09:00 - 17:00 |
| Martes | 09:00 - 17:00 |
| Miércoles | 09:00 - 17:00 |
| Jueves | 09:00 - 17:00 |
| Viernes | 09:00 - 17:00 |
| Sábado | 09:00 - 12:00 |