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20/02/2015

OBLIGACIONES FORMALES PARA EL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS ELECTRÓNICO.

1.- EMISIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO

Corresponde a los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría emitir Recibos por Honorarios los cuales pueden ser emitidos de forma manual o electrónica a través de SUNAT Virtual, para lo cual deberá ingresar con su Clave SOL al Sistema de Emisión Electrónica - SEE aprobado por la RS N° 182-2008/SUNAT.

emision electronica

Las principales ventajas de los recibos por honorarios electrónicos son las siguientes:

-Ahorro en la impresión de sus recibos por honorarios ya que estos se generarán de forma electrónica
-No requiere autorización de impresión de comprobantes de pago.
-Permite el envío del recibo por honorarios al correo electrónico del cliente.
-Puede realizarse consultas de los recibos por honorarios por fecha de emisión, rango de numeración y destinatarios.
-No excluye la posibilidad de emitir recibos por honorarios impresos.

Para saber más sobre el recibo por honorarios electrónico haga click AQUÍ.

Tenga en cuenta que: Se exceptúa la obligación de emitir recibos por honorarios por los ingresos que se perciban por las funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y regidores de municipalidades y actividades similares, así como por los ingresos que provengan de la contraprestación por servicios prestados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1057 y norma modificatoria.
2.- LLEVADO DEL LIBROS DE INGRESOS Y GASTOS

Los contribuyentes que perciban rentas de cuarta categoría deberán llevar un libro de Ingresos y Gastos de forma física o electrónica. En el caso del Libro físico el llevado se realizará de acuerdo al formato e información mínima aprobado por la RS N° 234-2006/SUNAT.

De llevarlo de forma electrónica, el llevado se realizará a través de SUNAT Operaciones en Línea, ingresando con su Clave SOL al Sistema de Emisión Electrónica - SEE aprobado por la RS N° 182-2008/SUNAT.

Las principales ventajas de llevar el Libro de Ingresos y Gastos Electrónico son las siguientes:

-Ahorro en los gastos por compra y legalización de su Libro de Ingresos y Gastos, ya que todo se registrará electrónicamente.
-El registro automático de sus recibos electrónicos en el libro de ingresos y gastos electrónico, ya no será necesario archivar documentos físicos. Tenga en cuenta de que si emite recibos físicos deberá registrarlos en el sistema manualmente.

Para saber más sobre el Libro de Ingresos y Gastos Electrónico haga click AQUÍ.

Tenga en cuenta que: Los perceptores de renta de cuarta categoría cuyas rentas provengan exclusivamente de la contraprestación por servicios prestados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios - CAS, se encuentran exceptuados de llevar el Libro de Ingresos y Gastos.

3.- PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS

Los contribuyentes que perciban rentas de cuarta categoría están obligados a presentar declaraciones mensuales a través del Formulario Virtual N° 616 o PDT 616, salvo perciban importes que se encuentren dentro del rango exceptuado establecido por la SUNAT para cada año. Asimismo cada año deberán verificar si de acuerdo a sus condiciones particulares se encuentran dentro de los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Jurada Anual de Renta.

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