FETRIMAP - CGTP

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24/04/2026

Mensaje de nuestro secretario general Gilmer Ibañez Melendrez, respecto a la amenazas de Cifarma

FETRIMAP

22/04/2026

FETRIMAP CGTP informa a la opinión pública y a la clase trabajadora sobre el resultado de una actuación inspectiva realizada por , derivada de una denuncia interpuesta en defensa de los derechos de una trabajadora.

En el presente caso, la SUNAFIL ha emitido el Acta de Infracción N.° 2025-SUNAFIL/ILM, de fecha 08 de enero de 2026, contra la empresa KOPLAST INDUSTRIAL S.A.C., determinando la comisión de una infracción laboral en el marco de las actuaciones inspectivas realizadas .

De acuerdo con los hechos verificados por la autoridad inspectiva, la intervención se originó a partir de una denuncia presentada por FETRIMAP CGTP en representación de la trabajadora afiliada al SINDICATO, vinculada a presuntas irregularidades en el procedimiento de investigación de una queja por hostigamiento sexual. En el desarrollo de la inspección, se constató que la empresa no atendió oportunamente el requerimiento de información cursado mediante casilla electrónica el 01 de septiembre de 2025, incumpliendo su deber de colaboración con la autoridad inspectiva, lo que constituye un obstáculo al ejercicio de las funciones de fiscalización .

Como resultado de ello, la SUNAFIL ha calificado dicha conducta como una infracción grave en materia de obstrucción a la labor inspectiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.2 del Decreto Supremo N.° 019-2006-TR, proponiendo una sanción ascendente a 1.57 UIT, equivalente a S/ 8,399.50, por afectar el correcto desarrollo de las actuaciones inspectivas y el cumplimiento de la normativa sociolaboral.

Este caso reviste especial gravedad, pues evidencia cómo determinadas empresas no solo incumplen sus obligaciones frente a situaciones tan sensibles como el hostigamiento sexual, sino que además intentan obstaculizar la acción del Estado cuando se investigan dichas denuncias, afectando directamente el acceso a la justicia laboral y la protección de las víctimas. Este tipo de conductas no puede ser tolerado en un Estado de Derecho ni en un sistema de relaciones laborales basado en el respeto y la dignidad de las personas.

FETRIMAP CGTP reafirma que la intervención sindical fue determinante para visibilizar el caso, acompañar a la trabajadora afectada y activar el sistema de inspección laboral, permitiendo que la autoridad competente identifique y sancione las irregularidades cometidas por la empresa. La organización sindical cumple así un rol fundamental en la defensa efectiva de los derechos laborales y en la lucha contra toda forma de abuso en el centro de trabajo.

FETRIMAP

20/04/2026

FETRIMAP CGTP informa a la opinión pública y a la clase trabajadora el resultado de una actuación inspectiva realizada por , en el marco de la defensa de los derechos fundamentales en el trabajo.

Mediante el Acta de Infracción N.° 195-2026-SUNAFIL/ILM, de fecha 23 de enero de 2026, SUNAFIL ha determinado que la empresa COMPAÑÍA HARD DISCOUNT S.A.C. (TIENDAS MASS) ha incurrido en múltiples infracciones a la normativa sociolaboral vinculadas a la prevención y atención del hostigamiento sexual en el trabajo.

De acuerdo con lo constatado por la autoridad inspectiva, la empresa no acreditó la conformación válida del Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual (CIFHS), al no cumplir con un proceso electoral transparente, participativo y debidamente documentado, ni garantizar la representatividad e independencia de los trabajadores. Asimismo, no implementó ni difundió adecuadamente una política interna de prevención del hostigamiento sexual, ni acreditó la difusión periódica de información preventiva, limitando el acceso de los trabajadores a mecanismos de protección. A ello se suma que no brindó capacitación inicial en materia de prevención del hostigamiento sexual a 91 trabajadores que ingresaron el 01 de octubre de 2025, incumpliendo obligaciones esenciales de carácter preventivo. Finalmente, la empresa no cumplió oportunamente con la medida inspectiva de requerimiento, evidenciando una conducta de resistencia frente a la autoridad administrativa.

En cuanto a la calificación jurídica, SUNAFIL ha determinado que la falta de conformación válida del Comité constituye una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, al afectar directamente la dignidad de los trabajadores y su derecho a un entorno libre de violencia. Asimismo, la ausencia de política interna y de difusión preventiva, así como la omisión de la capacitación inicial, han sido calificadas como infracciones graves. Por su parte, el incumplimiento de la medida inspectiva ha sido calificado como infracción muy grave a la labor inspectiva. En conjunto, se ha propuesto una multa total ascendente a S/ 736,748.50, afectando a más de 9,000 trabajadores.

Este caso reviste la mayor gravedad, pues no solo evidencia el incumplimiento de obligaciones formales, sino la ausencia de una política real de prevención frente al hostigamiento sexual en el centro de trabajo. La falta de mecanismos adecuados de protección expone a los trabajadores especialmente a las trabajadoras a situaciones de vulnerabilidad, afectando su dignidad, integridad y derecho a laborar en condiciones seguras y libres de violencia. Este tipo de prácticas no pueden ser toleradas en un Estado de Derecho.

FETRIMAP

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