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08/05/2020
Mediante Decreto Legislativo 1481 publicado el día de hoy se ha dispuesto extender, de manera excepcional, a 5 años el plazo de compensación de las perdidas tributarias que se obtengan en el 2020.
Cabe indicar que la regla general del inciso a) del Artículo 50 de la Ley del IR permite la compensación durante los 4 años siguientes a la generación de la pérdida.
18/04/2020
Mediante Decreto Legislativo No. 1463 se ha ampliado la vigencia del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV hasta el 31 de diciembre de 2023, siendo de aplicación a las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos efectuadas durante su vigencia.
Asimismo, por el estado de emergencia nacional por el COVID-19, se ha previsto que pueden acogerse al Régimen, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 202, los contribuyentes del Impuesto General a las Ventas cuyos ingresos netos anuales sean mayores a 300 UIT y hasta 2 300 UIT y se encuentren acogidos al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta o al Régimen General del Impuesto a la Renta.
Decreto Legislativo que prorroga y amplía el ámbito de aplicación del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para promover la adquisición de bienes de capital regulado en la Ley Nº 30296-DECRETO... Decreto Legislativo que prorroga y amplía el ámbito de aplicación del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para promover la adquisición de bienes de capital regulado en la Ley Nº 30296
31/03/2020
Esta disposición permite que las empresas con ingresos mayores a las 5000 UITs (21 millones) no sean sancionadas, hasta el 12 de abril, por la presentación extemporánea de sus declaraciones correspondientes al mes en febrero 2020 e incluso la DJ anual del Impuesto a la Renta 2019.
sobre la disposición de aplicar la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones tributarias en que se incurra durante el Estado de Emergencia Sanitaria. 🔎 https://bit.ly/2UxEuGx.
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