NUEVA VISTA

NUEVA VISTA

Compartir

18/01/2017

Sigan en vivo transmisión de SUNAT. http://alterlatina.com/canales/sunat/

Sunat TV

03/01/2017

Y siguiendo con el paquete de medidas tributarias del Gobierno de PPK,

¡Conoce Qué Profesiones Podrán Reducir Hasta 10 UIT Del Impuesto a La Renta!

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la lista de profesiones que pueden deducir hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 12,150, adicionales a las siete UIT, o S/ 28,350, ya establecidas para el pago del Impuesto a la Renta (IR) de trabajadores dependientes e independientes.
En consecuencia el decreto supremo del MEF, la modificación del artículo 46° de la Ley del Impuesto a la Renta permite la deducción de gastos de las rentas del trabajo hasta el importe de 3 UIT.

Las profesiones y oficios que otorgan derecho a la deducción de gastos son:
1. Abogado.
2. Analistas de sistema y computación.
3. Arquitecto.
4. Enfermero.
5. Entrenador deportivo.
6. Fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv.
7. Ingeniero.
8. Intérprete y traductor.
9. Nutricionista.
10. Obstetriz.
11. Psicólogo.
12. Tecnólogos médicos.
13. Y Veterinario.

02/01/2017

El Decreto Legislativo publicado hoy dispone además que la Sunat podrá solicitar información a las empresas del sistema financiero sobre operaciones pasivas con sus clientes, respecto de deudores tributarios sujetos a un procedimiento de fiscalización de la Administración Tributaria. El Poder Ejecutivo publicó hoy cuatro Decretos Legislativos en materia económica tributaria. En esta se modifica el Código Tributario otorgándole mayor facultad de fiscalización a la Sunat, pudiendo solicitar información a las empresas del sistema financiero sobre las operaciones pasivas con sus clientes.

29/12/2016

Factoring: Gobierno aprobó utilizar cartas notariales para validar facturas

El gobierno aprobó, en sesión del consejo de ministros, una nueva medida que agiliza las condiciones de financiamiento para las micro y pequeñas empresas, mediante la factura comercial.
Ahora “basta solamente utilizar una carta notarial para darle validez a esa factura y de esta manera proceder al financiamiento a través del factoring”, dijo el titular del Produce Bruno Giuffra a los periodistas.
El titular del Produce indicó que que hay empresas que “entorpecen el flujo del circuito óptimo” y sin restricciones de este proceso con el “famoso” sello de la tercera copia, que es el que valida el uso de una factura como negociable.
Una factura requiere, en términos contables, la copia al emisor, copia a Sunat, la copia original (para fines tributarios), y por último la factura negociable (tercera copia), que requiere un sello de recepción de la empresa.
Con este sello, la empresa tiene 8 días hábiles para observar la factura o aceptar el pago en las condiciones estipuladas. Muchas empresas no sellan esta tercera copia para evitar inconvenientes, indicó a Gestión el abogado Jorge Picón.
Además, “se está creando un registro de infractores para que se evidencie cuáles son las empresas que entorpecen este circuito en el marco de tratar de sacar adelante esta herramienta”.
Según datos de Asbanc, el financiamiento mensual otorgado por factoring creció 181%, desde S/ 47.6 millones hasta S/ 133.6 millones en el primer semestre del año. En enero, la SMV permitió que entidades financieras distintas a bancos compraran las facturas negociables.
Existen dos modalidades de acceso a este tipo de financiamiento: factoring por descuento, donde el riesgo de impago de la factura sigue siendo de la pyme emisora; y el factoring como título valor, donde la entidad financiera asume el riesgo de impago. Esta modalidad la promueve el Produce.
Fuente:Diario Gestión

28/12/2016

Laboras como trabajador en planilla, en el Poder Judicial, en alguna entidad del Estado como las Municipalidades , estás por vender o comprar un bien inmueble o tal vez estarías por pagar alguna multa Tributaria. Lee esta interesante nota.

Los cinco principales efectos que tendrá el alza de la UIT el 2017
El incremento de la UIT a S/ 4,050 tendrá implicancias en los ámbitos tributarios, laborales y judiciales. Conozca en esta nota los detalles
El Gobierno dispuso que en el 2017 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) subirá de S/ 3,950 a S/ 4,050.

El alza de la UIT generará diversos cambios en los ámbitos tributarios, laborales y judiciales. Aquí los cinco principales:

1. Trabajadores pagarán menos impuestos
Tanto los trabajadores en planilla (rentas de quinta categoría) como los independientes (rentas de cuarta categoría) se verán beneficiados pues se elevará el nivel de deducción (7 UIT) al momento de calcular el Impuesto a la Renta.
2. Se pagará menos impuesto Predial y Alcabala
Para aplicar el impuesto predial se toma en cuenta el valor de autovalúo de la vivienda. El cobro se realiza siguiendo una escala de tres tramos, según este valor. Por las primeras 15 UIT que valga el predio se debe pagar un 0.2%, por el tramo que vaya hasta las 60 UIT la tasa será de 0.6%, y por todo el monto que supera las 60 UIT el cobro será de 1%. Al subir la UIT, un mayor monto de referencia pagará la menor tasa del predial, lo cual favorecerá a los propietarios con un menor pago de impuestos.

El impuesto a la alcabala grava la venta de inmuebles (que no sean nuevos). La tasa del impuesto es de 3%, pero está inafecto el primer tramo de 10 UIT del valor del inmueble. Al subir la UIT, ese tramo inafecto será mayor y por lo tanto se pagará un menor impuesto.

3. Subirá monto de multas
La otra cara de la moneda será que el alza de la UIT también elevará el monto de las sanciones aplicadas por las diversas entidades, ya que se calculan en base a la UIT. Aquí tenemos las sanciones aplicadas por Sunafil, Indecopi, Osiptel, Osinergmin, OEFA, entre otras.

“Mientras que por el lado de rentas de cuarta y quinta es un efecto beneficioso, por el lado de las sanciones que tengan como referencia la UIT automáticamente se está incrementando el monto de la sanción”, indicó a Gestión.pe Juan Pablo Porto gerente senior de Tax & Legal Services de PwC.

4. Subirán costos judiciales
Los costos de los diversos trámites en procesos judiciales también se fijan en base a la UIT. Para ello se ha establecido la Unidad de Referencia Procesal (URP), la cual equivale al 10% de la UIT. Al subir la UIT, se incrementará el costo de cada trámite.

Por ejemplo, interponer el recurso de apelación de una sentencia cuesta el 40% de una URP. Es decir, el costo subirá de S/ 158 a S/ 162 el próximo año (hay otros trámites judiciales con mucho mayores costos).

5. Acogimiento a nueva tributación Mype
Otra implicancia se dará con el nuevo régimen tributario que se creará para las Mypes a partir del 2017, pues se podrán acoger a este régimen las empresas cuyas ventas no superen las 1,700 UIT al año. Antes del alza de la UIT se pensaba que el monto de referencia sería de S/ 6.7 millones, pero ahora queda claro que el tope será de S/ 6.8 millones.

¿Quieres que tu empresa sea el Compañía Financiera mas cotizado en Lima?
Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.

Teléfono

Página web

Dirección


Lima