Mype Consulting Peru

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01/12/2022

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔
🚨Empleador debe verificar que trabajadores no permanezcan en instalaciones más allá del horario de trabajo
🎯Resolución 631-2021-SUNAFIL/TF
🔝“Fundamento destacado: 6.12 Sobre la base de la normativa antes señalada, es claro que el trabajo en sobretiempo se puede realizar con la autorización expresa o tácita del empleador. Sin embargo, si la autorización es tácita, el solo hecho de que el trabajador acredite haberse quedado a laborar más allá de la hora de salida del centro de labores, genera la presunción de que ha realizado trabajo sobretiempo con autorización del empleador, correspondiendo a este último la carga probatoria de demostrar que el trabajador permaneció en las instalaciones de la empresa por cualquier otra razón distinta a la de ejecutar trabajo adicional, de acuerdo a lo señalado por la Corte Suprema en la Casación Laboral N° 17885-2017-DEL SANTA, pues corresponde a los empleadores fiscalizar que sus trabajadores no permanezcan en el centro laboral luego de su hora de salida, ya que, de ocurrir ello, se presumirá que dicha permanencia ha sido acordada con el empleador y que, por ende, debe ser remunerada como trabajo en sobretiempo.


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26/09/2022

🔔ATENCION EMPRENDEDORES🔔
🚨FALTAS EN EL AMBITO LABORAL🚨

🔝¿QUÉ DEBE HACER LA EMPRESA CUANDO EL TRABAJADOR COMETE UNA FALTA?
El principio de inmediatez nos señala que debe existir un plazo breve entre el hecho por el cual se motive aplicar una sanción y la aplicación de la sanción misma.

🔝¿Qué sucedería si no se aplica este principio?
De no existir una proximidad entre la aplicación de la sanción y el conocimiento de la hecho o falta, se podría sobreentender un situación de “perdón tácito” lo cual implicaría la no existencia de una infracción.

🔝¿Debe la empresa entonces sancionar rápidamente?
No, las empresas ante todo deben garantizar el correcto procedimiento de investigación y sanción (informe de auditoría, requerimiento de información, pericias y otros) para determinar la configuración de la falta y que el trabajador pueda ejercer su derecho de defensa.

🔝¿Hay pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre este principio?
En la reciente Casación Laboral N° 4799-2019-La Libertad nos indica que no se vulnera el principio de inmediatez si transcurre un año entre el conocimiento de la falta y la aplicación del despido, pues este plazo puede ser razonable si existió un procedimiento de investigación con el cual se emitió un informe el cual sustente las irregularidades del detectadas por el empleador.


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21/09/2022

🚨Atención Ciudadanía🚨
📌Sunarp: cómo inscribir el cambio de características de tu vehículo📌
🔝Uno de los trámites más demandados por quienes acuden al Registro Vehicular es el de la inscripción del cambio de características de un vehículo. Si estás pensando en cambiar el color, motor o sistema de combustible de tu automóvil, debes registrarlo obligatoriamente en la Sunarp, pues circular con características diferentes a las señaladas en la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV o TIVe) constituye una infracción grave y podrías ser multado, además de la retención de tu vehículo.

Los cambios que deben registrarse obligatoriamente ante la Sunarp son los siguientes:

🔔Color
🔔Tipo de combustible
🔔Motor
Para el cambio de motor, se deberá presentar los documentos que acrediten la adquisición legal del nuevo motor (boleta o factura de adquisición en donde conste el nombre del propietario del vehículo). En caso el cambio de motor modifique la cilindrada, potencia y/o tipo de combustible, será necesaria la presentación de un certificado de conformidad de modificación expedido por una entidad autorizada por el Ministerio de Trasportes y Comunicaciones.
En el área de caja debes cancelar la tasa registral (S/ 41.00).

🔔Para solicitar la inscripción de los cambios, el titular registral o su representante debidamente facultado deberá acudir a una oficina registral y presentar el formato de la Sunarp, debidamente llenado, además de los documentos que correspondan según el cambio realizado. Luego, mediante el uso del sistema de verificación biométrica por comparación de huella dactilar del Reniec, se comprobará su identidad. En este caso, también se ha suprimido la exigencia de la certificación notarial de firma.


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