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Cómo transferir dinero a hijos y cónyuge sin problemas fiscales
A menudo surge la necesidad de enviar dinero a los hijos o a la pareja para que puedan realizar sus actividades cotidianas. Sin embargo, esta acción podría generar una complicación fiscal para la persona que recibe el dinero.
En primer lugar, hay que tener presente que cualquier aumento en el patrimonio de una persona está sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR), a menos que dicho aumento esté contemplado como exento por la propia Ley del ISR.
Un ejemplo claro son las donaciones entre familiares en línea directa (padres, abuelos, hijos, nietos, bisnietos, etc.) y entre cónyuges. Pero para que una donación sea válida ante la ley, se necesita un contrato de donación. Según el Código Civil Federal, si el monto donado supera los 5,000pesos,esecontratodebeelevarseaescriturapuˊblicaanteunnotario.Estetraˊmitetieneuncostodeentre5,000pesos,esecontratodebeelevarseaescriturapuˊblicaanteunnotario.Estetraˊmitetieneuncostodeentre6,000 y $10,000 pesos, lo que hace que, en muchos casos, el gasto del proceso sea mayor que el beneficio obtenido.
Otra alternativa es el concepto de alimentos. De acuerdo con los códigos civiles y familiares de cada estado, los padres tienen la obligación de proporcionar alimentos a sus hijos (y viceversa), al igual que entre cónyuges o concubinos, entre otros casos. Es importante aclarar que los alimentos no solo incluyen la comida, sino también vestimenta, vivienda, educación y otros gastos básicos.
Por lo tanto, un cónyuge puede entregar alimentos al otro cónyuge o a los hijos. Estos conceptos están exentos del ISR. Sin embargo, al igual que con las donaciones, no basta con la palabra. Para los alimentos se requiere una orden de un juez civil o familiar, o un convenio validado ante esa misma autoridad (o, en algunos estados, ante un centro de mediación). Solo así se podrá comprobar ante el fisco que el dinero recibido es por concepto de alimentos y, por tanto, está libre de impuestos.
No lo olvides: en materia fiscal, todo debe estar respaldado por escrito.
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