Novotax
25/02/2022
😎🏖 Con el comienzo del año muchas empresas tienen dudas a la hora de liquidar vacaciones en los finiquitos de los trabajadores que causan baja. Si quedaron vacaciones del año anterior pendientes de disfrutar, ¿se deben pagar? La respuesta es NO.
➡️ En general, las vacaciones se deben disfrutar dentro del año natural en el que se devengan, por lo que el derecho a su disfrute caduca a 31 de diciembre de cada año, salvo lo dispuesto en algunos convenios colectivos, que permiten disfrutar de algunos días durante la primera quincena de año.
🥳🤩💥💥😜 ¡Mil Gracias! 😜🤩🥳💥💥
04/02/2022
🏛🆕 Ayer se aprobó la Reforma Laboral en el Congreso de los Diputados ¿Sabes cuántas novedades trae? ⬇️
📝📆 Una de ellas es castigo para las empresas que abusen de la contratación temporal de muy corta duración. Tendrán que pagar una tasa de 26 euros por cada baja de un contrato de menos de 30 días.👇👇
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