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16/01/2023
Asesoria Tributaria Financiera Contable
✅Personas Jurídicas
✔Declaraciones Mensuales IVA, Retención en la Fuente.
✔Declaración Anual Impuesto a la Renta.
✔Declaración de Herencias,legado o donaciones.
✔Declaración Anticipo Renta
✔Declaración Impuesto a la salida de Divisas .
✔Anexo Transaccional
✔Anexo de Retenciones en la Fuente Bajo Relacion de Dependencia .
✔Anexo de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta por otros conceptos .
✔Anexo Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras .
✔Anexo de Dividendos
✔Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de directorio y administradores
✔Devolución de Retencion en la Fuente Impuesto a la Renta.
✔Devolución de Retencion en la Fuente IVA
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06/01/2023
Conoce las principales obligaciones que deben cumplir las , de acuerdo a la Ley de Compañías 👇
06/01/2023
ATENCIÓN
El Servicio de Rentas Internas publicó el día de ayer 05 de enero de 2023 una nueva versión del plugin para el anexo RDEP.
🔗 Descarga en el siguiente link el nuevo plugin: https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos1
05/01/2023
para la de
✅Las personas que trabajen en relación de dependencia deben presentar a su empleador su formulario de Proyección de Gastos Personales del Servicio de Rentas Internas para este año hasta el 31 de enero del 202.
✅Este documento contiene los montos estimados que tendrá el contribuyente en rubros de salud, alimentación, vivienda, vestimenta, educación (incluido arte y cultura) y turismo. Estos montos se podrán descontar de su pago anual del Impuesto a la Renta (IR).
✅Según el reglamento para la aplicación de la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, vigente desde el 2021, en el rubro de salud se incluye lo pagado por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, debidamente calificadas e identificadas.
✅Esta normativa eliminó de deducción de gastos personales como se conocía en el pasado. Sin embargo, es necesario presentar el formulario para obtener una rebaja en el IR.
✅En su lugar, la reforma estableció un descuento que corresponde a un porcentaje del total de los gastos que las personas proyecten para el año. El máximo de gastos que se puede proyectar en 2023 equivale a siete canastas básicas equivalente al precio de diciembre de 2022. El monto aproximado es de USD 5 327.
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