Defensoría Trabajadores
11/12/2023
¡En Fuenzalida Correa te estamos buscando!
Si cumples con los requisitos, te invitamos a postular y unirte a nuestro equipo como abogado/a.
Las postulaciones cierran el día 13 de diciembre del 2023.
Saludos!
02/12/2023
Puedes agendar tu asesoría sobre algun tema legal ⚖️ de lunes a sábado 💡.
En un espacio cómodo, confidencial y profesional 💻.
Puede ser presencial o remota. Lo importante, es que puedas explicar tu caso y buscar vías de solución, con altos estándares de calidad 🫂
¡Te esperamos!
16/11/2023
Hola 👋 tenemos nueva imagen 💡 Somos una firma boutique de abogados chilena, independiente, de práctica diversificada y especializada en operaciones legales y comerciales complejas. ⚖️
Tras más de 20 años de ejercicio de la profesión al más alto nivel, contamos con la experiencia y seriedad necesarias para entregar soluciones legales personalizadas de alto estándar que permitan una toma de decisiones informada y segura: un cliente a la vez. 💡
El compromiso con nuestros clientes es la piedra angular de nuestra reputación.
Pronto iremos subiendo más información sobre nosotros y lo que hacemos ⚖️
Saludos!!
24/02/2023
Si estás muy complicado por las deudas y estás a punto de ser embargado ¡Podemos ayudarte! Llámanos lo antes posible, no dejes pasar más tiempo.
06/02/2023
La Corte Suprema, en su Sentencia Rol 87.286 - 2021, del 17/01/2023, señaló que la causal de despido reglada en el inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, exige la concurrencia de aspectos técnicos o económicos, y al ser objetiva, no puede fundarse en la simple voluntad del empleador, sino que en situaciones graves que den cuenta que forzosamente debió adoptar procesos de modernización o de racionalización en el funcionamiento de la empresa, en circunstancias financieras adversas, como bajas en la productividad o cambios en las condiciones del mercado.
Y además, señala que la causal del Artículo 161 N° 1 debe constituir una situación objetiva que afecte a la empresa, establecimiento o servicio, por ende, no puede invocarse por simple arbitrio del empleador, caso en el que operaría como un despido libre o desahucio; la necesidad de la empresa tiene que ser grave, por lo que debe tratarse de una situación de tal amplitud que ponga en peligro la subsistencia de la empresa y no meramente una rebaja en sus ganancias.
Por todo lo anterior, si el empleador no justifica de buena manera su "necesidad" de despedirte, puedes reclamar que el despido es injustificado, y si el Tribunal así lo decreta, tu Indemnización por Años de Servicios se recarga en un 30% y también, no te podrán descontar lo que el empleador ha aportado al Seguro de Cesantía.
Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.
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Alonso De Córdova 5870, Of. 1401
Las Condes