Declara Inteligente
28/08/2024
Este beneficio tributario te exime del pago de impuestos por la venta de una propiedad de compraste.
Por ejemplo, si compras una propiedad de UF 3.000, y más adelante la vendes en UF 5.000, tendrías una utilidad por ganancia de capital de UF 2.000, y por ende, te quedarían aun UF 6.000 como beneficio ✌️💵
Esto quiere decir que la utilidad que generes con la venta de propiedades no puede ser mayor a UF 8.000, sea la rentabilidad de una venta, o de varias ventas, para que esa rentabilidad esté exenta de pago de impuestos.
08/08/2024
Los beneficiarios pueden ser personas que incluso estén exentas del pago del Impuesto Global Complementario 😃🤙
Los requisitos son:
👉 Debes ser persona natural.
👉 Primera compra de propiedad.
👉 Propiedad nueva.
👉 Compra con crédito hipotecario.
👉 La propiedad debe tener la recepción final al 01 de noviembre del 2023 en adelante, o bien, con promesa de compraventa suscrita con fecha posterior al 16 de octubre de 2023.
👉 Compra venta se celebre a partir de la vigencia de la ley e Inscripción en el CBR antes del 30 de septiembre del 2024.
👉 El beneficio se debe indicar en la escritura.
📌 El beneficio es compatible con el beneficio tributario de rebaja del gasto en intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario.
14/02/2024
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12/02/2024
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