Abogado Ignacio Ceschin
25/06/2020
Uniones matrimoniales y parejas convivientes: Con la sanción de nuestro Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación ya no es necesario expresar las causas por las cuales se produce la ruptura del vínculo. Tampoco se necesita acuerdo de la otra parte para iniciar un divorcio o un cese de convivencia. Pero si es necesario crear un régimen que regule los derechos y obligaciones nacidos durante esa vida en común. ¿Quien va a permanecer en la vivienda?, ¿como se van a distribuir los bienes que fueron adquiridos durante el matrimonio/convivencia?, ¿corresponde una compensación económica en favor de la persona que no pudo desarrollarse laboralmente por un proyecto en común, o por haberse encomendado a la crianza de los hijos? ¿cuanto debe ser la mantención que debe aportar el padre no conviviente en favor de sus hijos? La respuestas a todas estas preguntas necesitan de un asesoramiento legal adecuado. No dude en consultarnos, estamos para ayudarte.
28/05/2020
En nuestra ciudad, es muy elevado el número de accidentes de tránsito que se producen a diario. Nuestras leyes establen que la reparación del daño que sufrimos debe ser plena, esto quiere decir restituir la situación del damnificado al momento anterior al hecho. Para ello, es importante conocer el alcance de nuestros derechos, la indemnización no sólo abarca los daños causados al vehículo, sino también las lesiones físicas y psicológicas, la pérdida de días de trabajo, el no poder contar con la utilización del vehículo hasta su reparación, la pérdida del valor del vehículo que luego de su arreglo puede no quedar en las mismas condiciones en las que se encontraba, etc. Evite aceptar un acuerdo que lo perjudique, estamos para asesorarlo.
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