Derecho & Familias San Rafael
15/02/2023
Demanda por alimentos a los abuelos en forma directa. Solidaridad familiar.
La jueza decidió que por la aplicación del principio de solidaridad familiar, hacer lugar a la demanda contra el abuelo del menor en forma directa, no subsidiaria.
Se tuvo en consideración la situación de rebeldía en la que el progenitor estuvo durante el proceso, la perspectiva de género y el interés superior del niño que requiere de los jueces un tutela reforzada por la vulnerabilidad que provoca su discapacidad.
“Una aplicación tajante de la interpretación de la subsidiariedad de la obligación alimentaria en el caso concreto devendría en un impacto desproporcional y en una interpretación inconvencional del plexo normativo a la luz de las obligaciones de derechos humanos internacionalmente asumidas. Todo ello conforme al principio del effet utile (principio de efectividad) que requiere que el intérprete pondere la acción realizada con el objeto y fin de la disposición en cuestión, sin que la norma o práctica desnaturalice dicha finalidad”, sostuvo.
“El principio de solidaridad familiar analizado de acuerdo con la especial situación de desigualdad del niño en razón de su salud y la consecuente sobrecarga de la progenitora y su familia materna conlleva al juzgador al deber de interpretar el ordenamiento de modo tal que esta solidaridad recaiga en la familia de modo integral y no solo sobre la familia materna como corolario de una interpretación estereotipada de la asignación de roles de cuidado a la mujer”.
Fallo completo: https://bit.ly/3xsDk1n
01/10/2022
👉La mayoría de las veces las tareas de crianza de los hijos recaen sobre las mujeres. Es mamá quien se encarga de dichas tareas, y en el caso de que la mujer trabaje también fuera de su casa, esas tareas son delegadas usualmente en otras mujeres … por ejemplo niñeras, abuelas…
👉El peso ha caído siempre sobre las mujeres, el cansancio, el sostenimiento emocional de los hijos e hijas, la responsabilidad por su alimentación, su salud, etc.. mujeres que aun con cansancio tienen que tener ganas de jugar, de reír, de amar, de maternar…. 💛
👉Son en su gran mayoría mujeres quienes también tienen que atravesar procesos judiciales para poder obtener una cuota alimentaria digna para sus hijos, con todo lo que eso implica: tiempo, dinero y sobre todo la parte emocional de destinar energía a tal fin. La famosa carga mental, de la que mucho se habla pero poco se entiende.
👉Si bien ha habido un gran avance en relación a la coparentalidad, y que muchos hombres actualmente la ejercen de manera consciente, siempre hay un ..dejo a “ayuda”.
Hay que empezar a comprender que el hombre que cuida y cría no “ayuda” ejerce su paternidad tal y como lo hace la mujer.
👉Hay que hablar y visibilizar que estas tareas de cuidado y crianza SON TRABAJO, y tal vez uno de los mas difíciles. Trabajo en el cual no hay vacaciones, ni feriados, ni parte de enfermo, ni SAC, etc... nada de eso!!
👉Y si solamente te dedicas a esto, le estas dando la posibilidad a tu pareja de trabajar fuera de casa, y de no ocuparse o delegar esto en otra persona, por ende el dinero que ingrese les pertenece a ambos.
👉Es necesario hablarlo, difundirlo y visibilizarlo, dejar de dar por sentado que “es mamá quien hace esas tareas”.
CUIDAR Y CRIAR ES TRABAJAR.
LO DECIMOS 💛
LO HABLAMOS💛
LO VISIBILIZAMOS💛
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01/09/2022
💔 Lágrimas, experiencias no vividas, cumpleaños no celebrados abrazos y besos no dados... solo por el mero capricho de uno de los padres...
👀El tema del impedimento de contacto o de la suspensión de los régimen de comunicación es un tema muy delicado que solo se puede abordar seriamente frente al caso concreto y con toda la información pertinente.
👉Aquí solo nos limitaremos a opinar respecto del daño que se ocaciona en los niños y niñas la falta de vínculos o el corte en esos vínculos con alguno de sus padres.
👉 Los niños y niñas tienen el derecho de mantener un contacto fluido con ambos progenitores, de mantener los vínculos, es un derecho humano propio de ellos, que se basa en su propia dignidad y que tiende al pleno desarrollo, a su maduración y a su propio bienestar.
👉La conflictiva entre los adultos, es de los adultos!! propio de sus egos, de sus enojos, de sus pensamientos o de sus palabras.
⛔Jamás deberían involucrar a los niños en esta “guerra de egos” utilizándolos cuan trofeo.
Pues lo único que sucede es que el daño se causa a los hijos.
👉Cuando estas situaciones de conflictividad entre los adultos llega al extremo de denuncias de maltratos o abusos. Se torma mas delicado el tema aun.
❌NUNCA hay que subestimar el discurso de los niños o niñas, hay que investigar SI!!
Pero también hay que ser muy conscientes del daño que se les causa si esas acusaciones no llegan a ser verídicas.
👉 Hay remedios para el impedimento de contacto, como puede ser la ejecución del régimen de comunicación si es que este se ha establecido, u otros, siempre dependerá del caso concreto.
✋Pero hay que advertir que los procesos no son rápidos, seguro estarán sujetos a un régimen de revinculacion si ha trascurrido mucho tiempo desde que alguno de los progenitores no permitió el contacto.
💛ANTE TODO CUIDEMOS LAS INFANCIAS, SU DESARROLLO, SU DERECHO A VIVIR EN UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y SOBRE TODO PERMITAMOSLES VIVIR RODEADOS DE AFECTOS.💛
👉Ante la duda asesorarte. Estamos para ayudarte.
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