CPB Estudio Contable
16/04/2021
Buen día emprendedores! Hoy les traemos una tema muy poco conocido pero super importante que lo tengan en cuenta: FINANCIARSE CON EL AVAL DE UNA SGR
👉Financiarse es una herramienta que bien usada nos permite apalancar nuestros negocios generando utilidades futuras que superen claramente el costo financiero. Esto nos permite cumplir nuestro objetivo que de otra manera no sería posible. Por supuesto es un análisis que debe ser hecho con mucho cuidado.
👉A la hora de buscar financiación lo primero que uno suele pensar es en el banco. Sí, es una alternativa a tener en cuenta, sobre todo cuando es a través de una línea del gobierno
👉Las sociedades de garantía recíproca (SGR) otorgan un aval para poder acceder, en la gran mayoría de los casos, a mejores condiciones crediticias a través de mejoras en las tasas, plazos más largos o mayor monto. Veamos algunos tips a tener en cuenta:
👌Te van a pedir una contragarantía (algún bien, fianza personal, Cesión de facturas, posiciones financieras líquidas como ser bonos por ejemplo, etc) y documentación acerca de la actividad pero con una burocracia generalmente mucho menor a la que se tendría yendo directamente al banco
👌Hay ventajas impositivas (exención en impuestos a los sellos en algunas provincias)
La SGR te puede otorgar un aval por 👌“x” monto y vos podés ir con ese aval a negociar en varias entidades, eso acelera los tiempos.
👌No solo te podés financiar a través de bancos, sino también tenés la posibilidad de descontar tus cheques propios o de terceros (o en algunos casos tu factura de crédito o pagarés) en el mercado de capitales de una forma mucho más sencilla y a una tasa muchísimo menor a la de los bancos y/o con un sistema de cálculo de los intereses más favorable. Tan solo necesitás coordinar con una SGR y un agente de bolsa.
💪¿Te interesa saber más de estos temas? Comentanos y si necesitás ayuda para coordinar con una SGR y un agente de bolsa te ayudamos con ese tema.
31/05/2019
El 19 de junio comienza a vencer el nuevo impuesto a la renta financiera y hay muchas cuestiones que deberías considerar:
Si superaste $66.917,91 de ganancias en toda tu cartera debés presentar seguro. No obstante, hay ciertas inversiones como compra-venta de acciones sin cotización en bolsa que con $1 cobrado deberías presentar igualmente ya que no tiene la deducción mencionada.
Además el resultado de algunas inversiones no debe ser liquidada dentro de "renta financiera" sino dentro del "impuesto a las ganancias".
También hay obligaciones e incluso opciones que te benefician como inversor, como en el caso de bonos públicos y privados, así como también en la elección de la forma de presentar y pagar este impuesto.
Nuestro estudio te simplifica toda la labor y la complejidad que implica la liquidación con honorarios muy acordes a cada cartera y requisitos formales posibles, asegurando la rentabilidad del inversor.
Contactanos por privado o a través de nuestros medios de contacto. Servicios a todo el país.
www.estudiocpb.com
[email protected]
3415892026
El 19 de junio comienza a vencer el nuevo impuesto a la renta financiera y hay muchas cuestiones que deberías considerar:
Si superaste $66.917,91 de ganancias en toda tu cartera debés presentar seguro. No obstante, hay ciertas inversiones como compra-venta de acciones sin cotización en bolsa que con $1 cobrado deberías presentar igualmente ya que no tiene la deducción mencionada.
Además el resultado de algunas inversiones no debe ser liquidada dentro de "renta financiera" sino dentro del "impuesto a las ganancias".
También hay obligaciones e incluso opciones que te benefician como inversor, como en el caso de bonos públicos y privados, así como también en la elección de la forma de presentar y pagar este impuesto.
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24/05/2019
Subió a $1.500.000 el monto de remuneración para estar obligado a presentar las informativas de 4ta categoría.
Además se establece que podrán presentar, si corresponde, por régimen simplificado teniendo "renta financiera", aclaración necesaria ya que es un impuesto que deben liquidar aparte.
Sube el piso para informar Ganancias y Bienes Personales. Los que lo superen podrán hacerlo por régimen simplificado aún teniendo renta financiera | CPB Sube el piso para informar Ganancias y Bienes Personales. Los que lo superen podrán hacerlo por régimen simplificado aún teniendo renta financiera por CPB Estudio | May 24, 2019 | AFIP, Impuestos | 0 Comentarios FacebookGoogle+TwitterLinkedin Ver link asociado FacebookGoogle+Twit...
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