ESTUDIO RUBEN ROLDAN
26/03/2025
ACTA DE ASAMBLEA SIN LIBRO DE ACTAS -
¿Qué pasa si no existe el libro de Actas?
Muchos copropietarios piensan que da lo mismo hacer el acta en el libro o en un papel suelto, pero NO ES LO MISMO, NI TIENE LA MISMA VALIDEZ.
Lo que se recomienda cuando no se posee el LIBRO DE ACTAS, ya sea porque se perdió, lo robaron, se lo llevó el antiguo administrador, desapareció, se quemó o lo que haya pasado, es convocar a un escribano que redacte el acta y de fe de lo acontecido en ese momento. Obviamente, esto es el IDEAL, pero todos sabemos que en la práctica, sólo una minoría muy reducida hace las cosas como se debe.
Lo que normalmente se usan son "actas volantes", es decir, una hoja blanca tamaño oficio donde se redacta para posteriormente pasarla al libro de actas. Se debe tener en cuenta que sólo será válido entre los copropietarios que firmen pero no se podrá oponer a los ausentes o a terceros.
Una vez adquirido un nuevo libro, se deberá rubricarlo e insertar o transcribir esas hojas volantes refrendada por la firma de los presentes en ese acto para darle validez legal ya que, de lo contrario, sólo serán un mero papel borrador.
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