Estudio Contable Alcuaz
21/05/2026
• Categoría I $ 70.624,12
• Categoría II $ 98.872,24
• Categoría III $ 141.246,98
• Categoría IV $ 225.995,08
• Categoría V $ 310.742,00
El pago de estos valores vence en el mes de junio de 2026
18/05/2026
El Fondo fue creado por la Ley 27802 de Modernización Laboral y es una cuenta que cada empleador del sector privado, excepto construcción y personal de casas particulares, debe constituir en una entidad administradora habilitada por la Comisión Nacional de Valores. En esta cuenta los empleadores deberán realizar aportes mensuales que serán destinados exclusivamente al pago de las indemnizaciones que figuran en la Ley de Contrato de Trabajo y en Estatutos Profesionales.
14/05/2026
Este régimen tiene el objetivo de fomentar la contratación de trabajadores en el sector privado otorgando la reducción de contribuciones patronales por nuevas contrataciones entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.
El beneficio consiste en una alícuota reducida del 5% sobre contribuciones destinadas al SIPA, Asignaciones Familiares, Fondo Nacional de Empleo e INSSJP, aplicable durante 48 meses desde el inicio de la relación laboral.
07/05/2026
• MICRO USD 150.000.-
• PEQUEÑA USD 600.000.-
• MEDIANA TRAMO 1 USD 3.500.000.-
• MEDIANA TRAMO 2 USD 9.000.000.-
30/04/2026
“El Estado Nacional había interpuesto un recurso de apelación contra la resolución que hizo lugar a la medida cautelar promovida por la CGT, la cual suspendió la aplicación de 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral. Inicialmente concedido con efecto devolutivo, el recurso fue posteriormente encuadrado en una acción declarativa que le otorgó efecto suspensivo, restableciendo así la vigencia de la Ley 27.802”
27/04/2026
Lo hizo con la Resolución General 1/2026 en la cual se establece que la inscripción de designaciones y cesaciones es declarativa, no constitutiva. El efecto jurídico nace con la designación válidamente hecha, no con la registración. También aclara que el vencimiento del plazo del mandato no produce el cese de los administradores, estos continúan hasta su reemplazo efectivo.
Introduce una modificación con relación a las garantías, ya que para la inscripción alcanza con la declaración jurada en el dictamen de precalificación
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