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19/01/2022

Si realizas tus actividades de manera particular (trabajador independiente) o laboras en una empresa o entidad y estás registrado en planilla (trabajadores dependientes), puedes descontar (deducir) de tus rentas de trabajo los siguientes gastos:

Los gastos podrán deducirse para el ejercicio 2020, en los siguientes porcentajes:

Hoteles y Restaurantes: 15% del gasto efectuado.
Servicios Profesionales: 30% del gasto efectuado.
Alquiler de Inmuebles: 30% del gasto efectuado.
EsSalud a Trabajadores del Hogar: 100% del gasto efectuado.

SUNAT - Menú SOL

19/01/2022

El formulario 709 Renta Anual – Persona Natural para el ejercicio 2021, estará disponible a partir del 14 de febrero de 2022, según lo señalado en la Resolución de Superintendencia N° 000195-2021/SUNAT🤓🤓🤓

30/12/2021

➡️ Se Aprueba los cronogramas; Entre ellos el cronograma para la declaraciones juradas 2021🤓🤓🤓

👉 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000195-2021/SUNAT

28/12/2021

A tener en cuenta 🤓🤓🤓

🧑‍💻 Sigue los pasos con nuestra asistente virtual y registro el Código de Cuenta Interbancaría para tu devolución de impuestos en caso te corresponda. 🔍 Ubícala aquí → https://personas.sunat.gob.pe/, las 🕔 24 horas del día, los 🗓 7 días de la semana.

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