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04/07/2025

Reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT: Lo que debes saber si eres patrón o trabajador con crédito

El 21 de febrero de 2025 se publicó una reforma importante a la Ley del INFONAVIT, específicamente al artículo 29. Este cambio afecta tanto a empresas como a trabajadores que tienen un crédito de vivienda vigente. Si tú descuentas INFONAVIT en tu nómina o estás pagando un crédito, esto te interesa.

¿Qué dice la nueva reforma?
A partir de esta reforma, las empresas deben seguir descontando de la nómina las mensualidades del crédito INFONAVIT, aunque el trabajador esté ausente o incapacitado, es decir, aunque no esté trabajando ni recibiendo sueldo completo.

Esto representa un cambio importante, ya que antes los descuentos se suspendían en esos casos.

¿Cómo era antes y qué cambia ahora?
Antes del cambio:
Si un trabajador estaba incapacitado o no se presentaba a trabajar y no cobraba sueldo, no se le hacía el descuento de INFONAVIT.

Con la reforma:
Aunque el trabajador esté de incapacidad o no reciba sueldo completo, la empresa debe seguir haciendo el descuento para pagar su crédito INFONAVIT, con base en lo que sí le pague.

¿Cuál es la intención de este cambio?
El objetivo es que los créditos de los trabajadores no se atrasen, incluso cuando no estén laborando temporalmente. Así se asegura que el trabajador no pierda su buen historial y se protege la continuidad del sistema de vivienda social.

¿Cuándo empieza a aplicar?
La obligación comienza con los sueldos de julio y agosto de 2025, y los pagos deben hacerse a más tardar el 17 de septiembre de 2025.

No te preocupes por los primeros meses del año: no se generarán adeudos por los descuentos no realizados en los primeros tres bimestres de 2025.

¿Qué límites puso el INFONAVIT?
Para evitar abusos o situaciones injustas, el INFONAVIT aclaró lo siguiente:

Solo puede descontarse lo que realmente se le paga al trabajador.
No se puede descontar más de lo permitido por ley, según el artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo (que protege el salario mínimo).
Si no hay salario o no alcanza para cubrir el descuento completo, la empresa no está obligada a poner la diferencia de su bolsa.
Esto protege tanto a las empresas como a los trabajadores en casos delicados.

¿Qué deben hacer las empresas?
Actualizar sus procesos de nómina para aplicar los descuentos correctamente, incluso cuando haya incapacidades o ausencias.
Revisar con anticipación posibles casos complicados y, si es necesario, considerar asesoría legal.
En casos en los que el salario resulte insuficiente para cubrir la amortización correspondiente la empresa deberá enterar la cantidad descontada y presentará la aclaración indicando que no hubo salario mayor que enterar.
Conclusión
La reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT es un cambio que busca proteger la estabilidad financiera de los trabajadores y asegurar la continuidad de sus pagos de vivienda, incluso en momentos complicados como una incapacidad o una ausencia temporal.

Para las empresas, representa un ajuste necesario en sus procesos de nómina y administración, pero con límites claros que evitan cargas excesivas.

Lo más importante es anticiparse: entender cómo aplicar correctamente la reforma y comunicarla de forma clara dentro de tu empresa.

Estar bien informado hoy evitará problemas mañana.

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