LOGICA S. A.

LOGICA S. A.

Compartir

23/02/2012

A retomar el trabajo con mucha voluntad !!!!

19/01/2012

Les transcribo el Artículo mencionado de la Ley 212, lean el cambio en el inciso 7) de la Ley 228:

Artículo 10. (Causas Contenciosas - Administrativas).

I. La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia conocerá las causas contenciosas que resultaren de los contratos, negociaciones y concesiones del Órgano Ejecutivo, y de las demandas contenciosas - administrativas, a que dieren lugar las resoluciones del mismo; hasta que sean reguladas por Ley como Jurisdicción Especializada.

II. Se incorpora como inciso 7), al Artículo 228 de la Ley N° 1340 de 28 de Mayo de 1992, el siguiente texto:

“7) Cuando el monto determinado sea igual o superior a quince mil Unidades de Fomento a la Vivienda (15.000 UFV’s), el contribuyente deberá acompañar a la demanda el comprobante de pago total del tributo omitido actualizado en UFV’s e intereses consignados en la Resolución Determinativa. En caso de que la resolución impugnada sea revocada total o parcialmente mediante resolución judicial ejecutoriada, el importe pagado indebidamente será devuelto por la administración tributaria expresado en UFV’s entre el día del pago y la fecha de devolución al sujeto pasivo”.

¿Quieres que tu empresa sea el Empresa mas cotizado en La Paz?
Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.

Categoría

Página web

Dirección

P. O. Box 6244
La Paz